El pasado 9 de abril se publicó en el Diario Oficial de la República Francesa el Decreto 2016-418 de 7 de abril, que adapta el Código de Trabajo y modifica el Código de transportes, para regular el control de los trabajadores del sector transporte desplazados sobre el territorio francés, velando por la aplicación del salario mínimo francés sobre los mismos.
Teniendo como fecha de entrada en vigor, el 1 de julio de 2016, a fecha de hoy, sigue estando aún pendiente una mayor clarificación oficial del desarrollo de la Orden que fije el modelo del certificado que constate el cumplimiento de este salario mínimo y las formas de proceder en cada caso.
La semana pasada se celebraron dos reuniones informativas en la representación permanente del gobierno francés en Bruselas, con el objeto de intentar aclarar la situación del cumplimiento de la aplicación del salario mínimo de los conductores desplazados, sin que se hayan despejado todas las dudas al respecto.
Algunas de las consideraciones planteadas en las reuniones fueron:
- Las nuevas normas para el sector transporte entrarán en vigor a partir del 1 de julio, no obstante, los funcionarios franceses han comentado que durante los primeros meses no se aplicaran controles de forma estricta, sino que se tratara de informar a las empresas para que cumplan con las nuevas normas lo antes posibles.
- Las nuevas normas no afectan a los autónomos. Distinto es como se justificará la condición de autónomo.
- Se aplicará a cualquier operación de transporte con origen y/o destino en Francia, quedando excluido solo para los transportes en tránsito.
- Nuevo “Certificado de desplazamiento” tiene que ser rellenado con los datos de la empresa y del transportista/conductor. Este certificado en papel, tendrá que ir acompañado de otros dos documentos: – Informaciones sobre el salario y una justificación del salario con respecto al salario mínimo francés (todavía no han clarificado que documento aceptarán como “justificación”). Estos tres documentos forman la documentación que los funcionarios franceses podrán pedir a los transportistas.
- La empresa extranjera que opera en Francia tendrá la obligación de tener un representante legal con domicilio en Francia, con quien las autoridades francesas se pondrán en contacto en caso de necesidad de información o clarificaciones. El representante legal no tendrá ninguna responsabilidad respecto a los actos de la empresa de trasporte y la responsabilidad en caso de fraude, mala conducta o problemas será del representante legal de la empresa.
- La empresa tendrá la obligación de conservar los documentos de cada operación hasta los 18 meses posteriores a la misma.
- Las sanciones serán entre 350 hasta 2.000 euros.
Sobre el certificado de desplazamiento que sustituirá a la declaración previa actual, se nos plantean dudas sobre el formato y la tramitación, ya que a fecha de hoy, para el caso que nos ocupa, en la página del ministerio de trabajo francés solo aparece un formulario de “declaración previa”.
Ante la incertidumbre generada por el Gobierno francés, el Director General de Transporte Terrestre D. Joaquín del Moral, trasladó recientemente al Comité Nacional el compromiso de la Embajada francesa de convocar a las organizaciones del mismo, para explicar el funcionamiento de los requisitos legales que se establezcan en el desarrollo del contenido del Decreto. Esta reunión ha sido convocada ya para el próximo día 22 de junio.