Mañana sábado 2 de diciembre entra en vigor la restricción al tráfico de vehículos y/o conjunto de vehículos de 4 o más ejes a lo largo del tramo riojano de la carretera N232, obligando, por lo tanto, a circular por la AP68 desde el peaje de Zambrana hasta el de Tudela.
Con las cosas así y ante las dudas que trasladadas a esta asociación, junto con la información que hemos recibido tras varios encuentros con el Gobierno de La Rioja y la Dirección General de Tráfico, podemos informar de lo siguiente:
Tan solo podrán circular por la carretera N232 los vehículos o conjuntos de vehículos de 4 o más ejes en los siguientes casos:

– Cuando su tránsito sea imprescindible debido a operaciones de carga o descarga.
– Cuando se acuda a un taller para realizar labores de mantenimiento del vehículo.
– Cuando el vehículo esté domiciliado en La Rioja y circule hacia su base.
– Cuando el conductor tenga su residencia en algún punto de La Rioja y se dirija a su domicilio.

Ahora bien, estas excepciones se permiten siempre y cuando se transite por la N232 únicamente el recorrido imprescindible para llegar al punto de carga o descarga, taller, base de la empresa o domicilio del conductor. Es decir, si un trabajador se dirige a Logroño donde tiene su domicilio, deberá abandonar la AP68 en la salida más cercana a su destino, debiendo de circular el resto del recorrido por la AP68.

Una de las dudas más frecuente de las que nos habéis trasladado es si la salida más cercana al destino es aquella inmediatamente anterior y seguir el sentido de la marcha por la N232 o si debemos salir por aquella que, aunque debamos retroceder y, por lo tanto, recorrer más kilómetros, nos permita recorrer un tramo menor por la N232. Pues bien, desde la Jefatura de Tráfico de Logroño se nos ha informado que en todo momento ha de imperar la lógica y el sentido común, entendiéndose por ello que se abandonará la autopista por la salida más cercana al destino sin que ello suponga recorrer un mayor número de kilómetros.

A este organismo se le ha trasladado, entre otros el siguiente ejemplo:
ORIGEN: LOGROÑO. DESTINO: PRADEJÓN. En este caso se abandonará la autopista en la salida de Agoncillo, pues se entiende que es la más cercana al destino (Pradejón) siguiendo el sentido de la marcha del vehículo.

Evidentemente, la acreditación del lugar del destino se realizará mediante el documento de control o carta de porte del servicio en cuestión.

El problema puede surgir cuando un vehículo transite por la N232 al dirigirse al lugar de carga sin llevar a bordo del vehículo documento alguno que acredite esta situación. En este caso se recomienda que la empresa trate de acreditar en la medida de lo posible el lugar de la carga.

Estamos a la espera de conocer las tarifas definitivas de la AP68 para los vehículos afectados por esta restricción, de lo que se informará en cuanto tengamos noticias.

Se ha dado a conocer por diversos medios de comunicación, la postura de nuestra asociación, que es totalmente contraria al carácter obligatorio de la medida y se ha trasladado a la administración todos los perjuicios que esta medida supondrá para las empresas afectadas.

Al anuncio de la restricción se puede acceder desde el siguiente enlace:

http://www.boe.es/boe/dias/2017/11/29/pdfs/BOE-A-2017-13831.pdf

Existen otras exenciones a la restricción, la que afecta a vehículos de salvamento, vehículos con autorización especial de circulación por razón de su carga indivisible o de las características constructivas de los vehículos.

Creemos conveniente que los conductores informen en sus empresas de cualquier novedad que pudieran tener al transitar por la N232 para poder evitar cualquier tipo de contratiempo. De la misma forma, sería importante que se informara a la asociación de cualquier problema que pudiera conllevar la puesta en marcha de esta medida para informar al resto de los asociados con el fin de prevenir cualquier problema.

Por último, informaros que la sanción por incumplir esta restricción está cifrada en 200€.